En Yucatán se protegen los derechos de la niñez

30 de abril de 2012

En Yucatán se protegen los derechos de la niñez

En un comunicado emitido por la consejería jurídica del estado de Yucatán se informa que Con el Sistema de Justicia Familiar en Yucatán ya no existirán los hijos e hijas "naturales", las opiniones de los niños, niñas y adolescentes en juicios y controversias serán tomadas en cuenta, se garantizan sus derechos a recibir su pensión alimenticia, a vivir sin violencia y evitar la alienación parental.
En el 2010, el censo del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática en Yucatán se registraban 534 918 niños y niñas de 0 a 14 años, lo que representaba el 27% de la población total, para esos futuros ciudadanos la consejería informa que se ha procurado realizar acciones tenientes a velar y garantizar una amplia protección de sus derechos.
el Consejo Jurídico Sergio Cuevas González, recordó que el Poder Ejecutivo se ha ocupado por proteger los derechos de la niñez, para ello se creó en el año 2009 el Observatorio Regulador de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Yucatán, (ORDENNA), integrado por 12 Consejeros, seis de los cuales son representantes de la sociedad civil y seis de instituciones públicas, quienes vigilan la protección de los derechos de esos sectores de la población.
El funcionario hizo un recuento de lo que se ha realizado
Agravar el delito de trata de personas cuando se cometa en contra de menores de 18 años de edad, el delito de estupro se configura cuando la víctima se encuentre entre los 12 y 18 años de edad, es decir, se amplía y se homologa la edad, en virtud de que ya no se limita a 16 años para que la acción sea considerada típica.
Se creó el Centro de Convivencia Familiar del Estado de Yucatán, el cual tiene por objeto facilitar, en un espacio neutral e idóneo, el encuentro de las niñas, niños o adolescentes con sus familiares no custodios que autorice la autoridad judicial.
El juez debe garantizar una sana comunicación paterno-filial o materno-filial de las niñas, niños y adolescentes en tal virtud puede ordenar que la convivencia entre el progenitor no custodio y los hijos o hijas se realice fuera del domicilio de los éstos o, en su defecto, se lleve a cabo a través de algún centro especializado, ya sea por medio del sistema de entrega-recepción de la niña, niño o adolescente o bien, que la convivencia sea en propio centro, convivencia que será supervisada por personal capacitado para ello.
Estas son algunas acciones que se an llevado al cabo con el fin de garantizar la seguridad de los infantes.

la consejería jurídica del estado de Yucatán informa que se ha procurado realizar acciones tenientes a velar y garantizar una amplia protección de sus derechos.

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