¡Aguas con las firmas de pagarés!

06 de julio de 2026

¡Aguas con las firmas de pagarés!

El presidente de la Sala Mercantil, de Extinción de Dominio y Laboral del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Gerardo Martín Chacón Tuyub, informó que los asuntos con mayor recurrencia en dicho órgano judicial corresponden a litigios mercantiles originados por deudas no liquidadas en los plazos convenidos.

El magistrado precisó que el pagaré es un título de crédito plenamente reconocido por la legislación vigente que funciona como garantía tanto para prestamistas particulares como para las inversiones de las empresas.

El funcionario judicial, quien asumió el cargo en marzo pasado, señaló que se ha detectado el surgimiento de reportes en foros y redes sociales sobre presuntos engaños en la firma de estos documentos en perjuicio de personas en situación de vulnerabilidad.

Al respecto, aclaró que la competencia exclusiva de la sala a su cargo radica en verificar la legitimidad de las deudas y la legalidad del pagaré, para proceder con el cobro correspondiente.

Chacón Tuyub especificó que si en el origen o la firma del documento mercantil se configuran conductas ilícitas constitutivas de delitos, como el fraude, el caso debe ser turnado y resuelto por la sala especializada en materia penal del tribunal, al quedar fuera del ámbito de la jurisdicción mercantil.

Respecto a la aplicación de los embargos, el magistrado indicó que, aunque las instancias judiciales priorizan la búsqueda de soluciones alternas para resolver las controversias, el embargo es una figura jurídica contemplada y regulada en el Código de Comercio.

Detalló que el procedimiento mercantil ordinario establece que el primer auto emitido por un juez de primera instancia consiste en requerir formalmente el pago al deudor y, ante la omisión o negativa de este, ordenar el aseguramiento precautorio de bienes para garantizar el adeudo.

¡Aguas con las firmas de pagarés!

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Ronald Rojas

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