Cambian tipificación del delito e inician proceso por violencia familiar
11 de febrero de 2026
La Segunda Sala Colegiada Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado revocó la resolución de un juzgado de primera instancia, para reclasificar como violencia familiar los delitos de lesiones, injurias y amenazas cometidos por un hombre en contra de su exesposa.
El fallo, emitido con perspectiva de género, analizó el historial de agresiones físicas y verbales que la víctima, residente del interior del Estado, sufrió durante el matrimonio y tras la separación.
La determinación judicial se originó a partir de un incidente en el que el agresor se presentó en el centro laboral de la mujer para agredirla físicamente.
La magistrada Mariana García Brito, integrante de la sala, explicó que juzgar con este enfoque permite analizar los hechos de manera integral y no como eventos aislados.
De acuerdo con la resolución, las agresiones no fueron fortuitas, sino que forman parte de un patrón de control y abuso de poder que persistió después de la ruptura del vínculo matrimonial.
García Brito precisó que la reclasificación a violencia familiar se fundamenta en la ley y la jurisprudencia vigente, lo cual otorga una directriz a la Fiscalía General del Estado para que la investigación continúe considerando el impacto real en la integridad de la denunciante.
La magistrada reiteró el compromiso del Poder Judicial del Estado para garantizar el acceso a la justicia y proteger los derechos de las mujeres, contribuyendo al combate de la violencia de género mediante resoluciones que reconozcan los contextos de vulnerabilidad.
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Ronald Rojas
• Luego de que el juez desestimara un caso de violencia familiar, intervino la Segunda Sala Colegiada Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.









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